El derecho a la información es el sostén para el ejercicio de otros derechos humanos

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El derecho a la información es el sostén para el ejercicio de otros derechos humanos

La ciudadanía tiene derecho a conocer cómo se manejan los asuntos públicos y a participar en la toma de decisiones informadas; por tanto, necesita acceder a información pública de manera oportuna y transparente.

Por David Ovando

Acceder a información pública no solo es un derecho humano, sino que es la condición sine qua non otros derechos no podrán ejercerse plenamente. Y el que un país posea o no una ley de acceso a la información no debería ser, como en el caso de Bolivia, un impedimento para que la ciudadanía acceda, analice, procese o use esa información.

Expertos en esta materia exponen el porqué de la importancia de este derecho humano, sus alcances y los riesgos que representa para la democracia el negarle a las y los ciudadanos esta cualidad.

Ramiro Orias, abogado y especialista en materia de libertad de expresión, afirma que acceder a información pública permite a la ciudadanía tomar decisiones informadas, participar de manera más activa en asuntos públicos de su interés o simplemente compartirla.

“No solamente es el derecho a pedir información, sino a procesar y difundir estos datos», dice y agrega: «en el fondo es el derecho a saber, como establece la Declaración Universal de Derechos Humanos, el derecho a conocer los asuntos públicos».

El especialista apunta también que esta prerrogativa es la base para ejercer otros derechos. «No se puede ejercer el derecho a la participación si es que no conocemos los asuntos públicos que, por ejemplo, van a ser sometidos a una consulta o a algún proceso participativo», señala.

Bolivia, Cuba y Surinam son los únicos países de América que no poseen una ley de acceso a la información pública, pese a que en varias oportunidades se plantearon propuestas legislativas que no prosperaron.

«A nivel regional, pese a que Bolivia reconoce el derecho a la información en el artículo 21 de la Constitución Política del Estado (CPE), es de las pocas naciones que no cuentan con una norma específica en esta materia”, resalta el experto.

No obstante, Orias recuerda que esto no debería ser un óbice para que cualquier persona demande de las entidades públicas información de su interés en todos los niveles y en todos los órganos del Estado, pues la normativa internacional garantiza el ejercicio de este derecho.

El derecho internacional garantiza esta prerrogativa

En esa misma línea, el experto internacional en materia de libertad de expresión y regulación de medios, Joan Barata, profundiza al respecto: «No es necesario una ley para ejercer el derecho de acceder a la información pública, incluso no es necesario que la CPE lo reconozca claramente, porque el derecho de acceso a la información está reconocido en el derecho internacional como un derecho humano a través de diversos tratados».

Entre los mecanismos internacionales que nombra el especialista y a los que se puede recurrir están la Comisión interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

«Hay muchísimas sentencias de la Corte IDH que reconocen el derecho de acceso a la información», precisa Barata en una entrevista concedida a la Fundación para Periodismo (FPP) de Bolivia para analizar los problemas de implementación y ejecución correcta del marco legal que garantiza este derecho.

Barata afirma que, de hecho, en muchos países hay leyes de acceso a información pública, pero algunas de estas son “insuficientes” debido a que han sido elaboradas con falencias y aplicarlas se dificulta.

«Más de la mitad de los países del mundo tiene una ley de acceso a la información, sin embargo, en algunos casos hay aspectos negativos: las leyes no son suficientes y no recogen todos los aspectos del derecho de acceso a la información», apunta.

En su análisis, ante la presión internacional, varios gobiernos deciden adoptar una norma para no sentir el peso que representa el incumplir con este mandato. «Tienen una ley, pero no tienen interés en implementarla en la práctica», afirma.

¿Cuál es la situación en Bolivia?

En Bolivia, el acceso a la información está contemplado en los artículos 21 (parágrafo 6), 24, 106, 237 y 321 de la Constitución Política del Estado. Asimismo, al menos una decena de leyes sectoriales reconocen este derecho, pero su cumplimiento es parcial y no existen mecanismos que garanticen esta prerrogativa ni sancionen a los funcionarios que se nieguen a cumplirla.

También están vigentes los decretos supremos 28168 y 0214, que promueven el acceso a la información pública en el marco de la transparencia que debería regir en el país, no obstante, su alcance es únicamente al Órgano Ejecutivo y tampoco se cumplen.

El abogado Julio Veizaga, también especialista en acceso a información pública, coincide en que pese a haber leyes y decretos que contemplan este derecho, en el caso de Bolivia, la ciudadanía no puede hallar eco a sus requerimientos.

«El Estado no cumple con su deber de facilitar la información en tiempo razonable. En la práctica, acontece que el Estado no tiene voluntad política para atender el derecho de petición consagrado por el artículo 24 de la Constitución Política del Estado», lamenta.

Las normas resultas insuficientes para el periodismo

El gremio de las y los periodistas, uno de los más interesados y afectados en este sentido, expone los perjuicios que ello representa para el ejercicio de su labor y para su misión de mantener informada a la ciudadanía.

La Confederación de Trabajadores de la Prensa de Bolivia (CSTPB), a través de su ejecutivo, Jorge Ábrego, dice que una ley de acceso a la información es un primer paso para reconocer este derecho que tienen periodistas y población en general. En su criterio, las normas y decretos vigentes no son más que “un saludo a la bandera”.

El periodista y exdirigente de la Asociación Nacional de la Prensa de Santa Cruz (ANPSC), Roberto Méndez, señala que el Estado debería garantizar el ejercicio de este derecho, pero que es cada vez más común qué instituciones del ámbito nacional, departamental y municipal, además de los otros poderes estatales, nieguen a las y los periodistas y más aún a los ciudadanos la información solicitada.

“Uno de esos ejemplos claros lo vemos con los contratos que el gobierno de Luis Arce firmó recientemente para la explotación del litio con empresas chinas. En términos generales, la información siempre es negada a los ciudadanos. Otro ejemplo es el de los militares, que después de 20 años suspendieron el veto para acceder a los archivos (de la dictadura) y que podían dar luces sobre dónde escondieron los restos de Marcelo Quiroga Santa Cruz; y resulta que cuando dijeron que había acceso, los archivos habían sido borrados”, lamenta.

Cada 28 de septiembre se conmemora el Día Internacional del Acceso Universal a la Información; uno de los objetivos es promover este derecho a través de la legislación. En ese marco, la Organización de Naciones Unidas (ONU) ha designado a la Unesco como el organismo que haga seguimiento a los países para ver si efectivamente han cumplido o no con la elaboración de leyes de acceso a la información.